El Consejo Pastoral Parroquial es consultivo del párroco o administrador parroquial. Es su papel y obligación considerar seriamente la sabiduría del concilio y asegurar que sus deliberaciones y recomendaciones estén de acuerdo con el buen orden de la Iglesia. El propósito del Consejo es fomentar la vida pastoral plena y el crecimiento de la parroquia. El Concilio no elabora leyes de la Iglesia (y por lo tanto no es un cuerpo legislativo), pero discierne la aplicación de determinadas leyes de la Iglesia y visión pastoral a la situación parroquial particular. El Concilio se centra en la construcción de consenso en el poder del Espíritu Santo. En consecuencia, opera mediante un proceso cuidadoso y respetuoso de escucha y consulta. El Consejo también sirve como organismo coordinador de todas las organizaciones y ministerios parroquiales.
Para obtener más información sobre cómo funciona el Consejo, consulte nuestras Constituciones y Reglamentos.
El Consejo Pastoral Parroquial es consultivo del pastor o administrador parroquial. Es el papel y la obligación de ellos considerar seriamente la sabiduría del consejo y asegurar que las deliberaciones y recomendaciones estén en acuerdo con la buen orden de la Iglesia. El propósito del Consejo es promover la vida pastoral y el crecimiento de la parroquia. El consejo no tiene ley de la Iglesia y por lo tanto no es un órgano legislativo, pero discierne la aplicación de la ley de la Iglesia dada y la visión pastoral a la situación parroquial en particular. El Consejo se centra en la construcción de consensos en el poder del Espíritu Santo. En consecuencia, se opera por un proceso cuidadoso y respetuoso de escucha y consulta. El Consejo también sirve como órgano de coordinación de todas las organizaciones parroquiales y ministerios.
Para obtener más información acerca de cómo funciona el Consejo, por favor consulte nuestro Reglamento Interno.
Consejo Pastoral Parroquial
P. Joe Delka, Administrador Pastoral
Dcn. Michael Bulson, Presidente
Linda Goffaux, vicepresidenta